¿Cuáles son los requisitos que se solicitan para acogerse a los beneficios de la Ley de incentivos migratorios (Ley 28182)?
Según el artículo 2 de la Ley 28182, “los peruanos que actualmente viven en el extranjero, podrán acogerse a lo dispuesto en la presente Ley siempre que cumplan con los requisitos siguientes:
a) Haber permanecido en el extranjero no menos de cinco (5 ) años anteriores a la fecha de la presentación de la asolicitud a que se refiere el inicos (b) del presente artículo.
b) Manfiestar por escrito a la autoridad competente su interés de retornar al país y acogerse a la presente Ley.
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